Condiciones para la absorción y la compensación de salarios

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El TS desestima el recurso de casación ordinaria interpuesto por la Federación de Metal, Construcción y Afines de UGT (MCA-UGT), contra la Sentencia del TSJ de Madrid, dictada el 13-02-2015, en el conflicto colectivo, presentado por dicha Federación contra «Ericsson España, SA».

Se analizan las condiciones que deben concurrir para que pueda aplicarse la absorción y compensación respecto a determinados conceptos salariales y se pronuncia a favor de su procedencia, puesto que se trata de conceptos homogéneos, entre el complemento de productividad, que tiene naturaleza de retribución fija por unidad de tiempo y premia una productividad genérica vinculada con la minoración del absentismo, generando el derecho a su percepción la mera presencia en el trabajo, y el salario base que vienen cobrando por encima de convenio, estando prevista la absorción y compensación tanto en los contratos de trabajo como en el Convenio Colectivo de la Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de la Comunidad de Madrid, que únicamente excluye de esta posibilidad determinados conceptos salariales entre los que no se encuentra el complemento objeto del litigio.

 

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